¿Qué es un comité de Contraloría Social?
¿Cómo funciona la Contraloría Social?
¿Qué vigila un Comité?
- Se difunda información suficiente, veraz y oportuna.
- El ejercicio de los recursos públicos sea transparente y con apego a la normatividad.
- El programa de desarrollo social no se utilice con fines políticos, electorales, de lucro u otros distintos a su objeto.
- Que las autoridades competentes den atención a las quejas y denuncias relacionadas con el programa de desarrollo social.
Normativa
La participación social es un factor imprescindible para fortalecer la democracia en nuestra sociedad. Adicionalmente existen disposiciones en materia de Contraloría Social contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en forma general señala el derecho a la información a través de mecanismos de participación; la Ley General de Desarrollo Social, reconoce a la Contraloría Social e indica que el gobierno deberá facilitar el acceso a la información necesaria para el cumplimiento de las funciones de los Comités de Contraloría Social, y a su vez establece las funciones de los mismos; los Lineamientos para la Operación y Promoción de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, exponen la constitución de los Comités de Contraloría Social, e indican también que se deberá asesorar a los servidores públicos responsables de promover la Contraloría Social, y finalmente reafirman en promover la operación, seguimiento y evaluación de la Contraloría Social en las órdenes de gobierno.
Más información en: http://sistemas.contraloria.bcs.gob.mx:90/CS/Inicio/Normativa